La ocupación de camas en los niveles de cuidados intensivos en el país entra en una fase crítica, por la alta demanda debido a complicaciones con pacientes positivos para covid-19, por esto el Gobierno Nacional envió una nueva circular dirigida a todos los alcaldes y gobernadores del país con indicaciones puntuales, y más estrictas, para el control de la epidemia.
“Son nuevas medidas que estamos tomando a partir de la situación de afectación en las diferentes ciudades. Hemos tomado como parámetro el nivel de ocupación de cuidado intensivo, pasando por las ciudades que están en el 70 %, 80 % y aquellas que están por encima del 85 %”, señaló el ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez.
Las medidas quedaron divididas para las ciudades con 70% de ocupación, 80% y 85% o más de uso de las camas de cuidados intensivos. Dependiendo de estos niveles las restricciones son mayores.
Medellín y el valle de Aburrá se encuentran, actualmente, con una ocupación del 86%, el Valle de San Nicolás del 99.7% y Urabá una ocupación cercana al 60%. Esto significa que, para Antioquia, según esta circular las medidas son las siguientes:
- Desde el 7 de enero hasta el 12 de enero (Puente de Reyes): restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 19:00 horas y las 05:00 horas.
- Desde el 12 de enero hasta el 16 de enero: restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 20:00 horas y las 00:00 horas.
- Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.
Lo descrito en la circular debe ser acatado de manera inmediata por los mandatarios locales y entra en vigor desde este jueves 7 de enero.
Es importante aclarar que, según lo han expresado los ministros de Salud y del Interior, los alcaldes y gobernadores de ciudades o regiones con más del 85%, podrán incrementar las restricciones. Justamente el alcalde de Medellín trinó hace unos minutos:
En otras zonas las medidas quedaron así:
Ciudades en 70 % de ocupación UCI
- Restricción de la movilidad entre las 22:00 horas y las 05:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero. Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.
- Restricción de las cirugías no prioritarias.
- Prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas.
- Limitación del piloto de bares y restaurantes para la venta y consumo de bebidas alcohólicas hasta máximo las 19:00 horas, mientras se mantenga el alto nivel de ocupación.
Ciudades en 80 % de ocupación UCI
- Restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 20:00 horas y las 05:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero. Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.
- Prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas.
- Realizar auditoría concurrente de cuidado intensivo.