Así lo determinó el Ministerio del Interior, a través del Decreto 039 del 14 de enero de 2021, expedido ayer, y que exceptúa a estos tres sectores, tan golpeados por la pandemia, de la medida de pico y cédula.
Así quedó consignado en el parágrafo 1 del artículo 4: “Los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica, y parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula”. Esta disposición permite que continúen las pruebas piloto en bares y restaurantes con venta y consumo de licor al interior de los establecimientos.
Igualmente el decreto permite los domicilios sin restricciones para restaurantes y bebidas embriagantes. Así mismo estipula que los municipios con 50% de ocupación de UCI no podrán implementar ninguna medida diferente a las restricciones generales (discotecas, lugares de baile y eventos). El gremio de los bares y el entretenimiento nocturno celebró esta decisión.